¿Que son los Paraísos Fiscales?
En los últimos años, y especialmente tras la filtración informativa de documentos confidenciales conocida como los “Papeles de Panamá”, el término “Paraíso Fiscal” está de rabiosa actualidad.
La gran repercusión social de casos como éste y otros muchos -lista Falciani-, protagonizados por miembros de la clase política a todos los niveles y personalidades del mundo de las finanzas, del deporte y de la cultura, ha sido decisiva para desempolvar la –negativa- notoriedad de una práctica que se extiende ya desde principios de los años ‘80.
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¿Qué es un “Paraíso Fiscal”?
Reciben tal denominación aquellos territorios cuyo sistema tributario es especialmente favorable y permisivo a los ciudadanos no residentes, lo que se traduce, en líneas generales, en la exención del pago de tributos respecto del mantenimiento de cuentas bancarias o de la constitución de sociedades en su territorio.
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Factores que determinan su naturaleza
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), establece cuatro factores relevantes a la hora de determinar si una jurisdicción es un paraíso fiscal, a saber:
- Sistema de imposición ventajosa respecto a otros territorios.
- Falta de transparencia. Los datos personales de propietarios y accionistas de empresas no figuran en los registros públicos, lo cual viene reforzado por el hecho de permitirse el empleo de representantes formales o “nominees”.
- Estrictas normas de secreto bancario, que protegen los datos de los titulares de las cuentas.
- Permitir a los no residentes beneficiarse de rebajas impositivas, aun cuando no desarrollen efectivamente una actividad en el país.
- Normativa contraria al intercambio de información suficiente para evitar la evasión de impuestos.
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Peculiar convivencia de dos sistemas tributarios distintos
Tal código de “buenas prácticas” en materia fiscal posee un limitado abanico de posibles destinatarios, dándose la paradoja de que quienes quedan fuera del mismo son precisamente los ciudadanos y empresas residentes en el propio país, obligados al pago de sus impuestos como en cualquier otro lugar del mundo.
Por contra, a los extranjeros se les concede el beneficio de la exención total, o al menos, de una reducción considerable de impuestos a pagar, con el único condicionante de no realizar negocios dentro del propio territorio considerado paraíso fiscal.
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Tipología de los paraisos fiscales
De un modo general, la tipología existente en torno a la figura del paraíso fiscal se puede dividir en dos grandes grupos, según focalicen su actividad en ofrecer y prestar servicio a personas físicas (particulares), o por el contrario, se decanten por el servicio a personas jurídicas (constitución de sociedades) a través de la fiscalización empresarial.
Por otro lado, concurren a su vez jurisdicciones especializadas consideradas de índole elitista, dentro de las cuales se trata la gestión de grandes patrimonios o fortunas. Se concentran en el continente Europeo, aunque su existencia no constituye la tónica habitual dentro de esta práctica.
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Conclusiones
De todo lo expuesto cabe extraer las siguientes conclusiones a efectos de poder aclarar el fundamento de esta práctica tan recurrida en los tiempos actuales:
- El fin último que impera en este tipo de políticas tributarias es atraer y captar capital extranjero con el objetivo de poder fortalecer la economía interna de territorios que, por norma general, cuentan con escasas posibilidades de prosperar económicamente a través de medios propios.
- A su vez, el elemento motivador de la conducta de los inversores extranjeros son las políticas tributarias instauradas en sus países de residencia, cuyo agresivo afán recaudador les empuja a recurrir a tales prácticas financieras.
A modo de ejemplo, en algunos países del continente europeo la cuota de ingresos a satisfacer puede llegar a representar hasta el 50% del total de los ingresos declarados.
- Esta industria financiera ha encontrado en la globalización y en el auge de las nuevas tecnologías un trampolín hacia su firme consolidación como una de las prácticas más habituales dentro de la cultura empresarial de las sociedades modernas, dada la facilidad que supone el poder constituir una sociedad o abrir una cuenta bancaria desde cualquier rincón del mundo.
Otra cosa será que dicha práctica acabe siendo realmente rentable si se tiene en cuenta el elemento fraude que normalmente esconde y el riesgo que ello comporta.
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